Nicolás Veliz es periodista de El Cordillerano, uno de los medios más importantes de la región andina de la Patagonia. Oriundo de Bariloche, «la capital de los lagos” recientemente realizó una investigación sobre el acceso a las costas del Nahuel Huapi, en el marco de la cátedra de periodismo de investigación de la carrera de Comunicación Social, que se dicta en la Universidad del Comahue. Compartimos su trabajo, que apuesta por mostrar la creciente privatización de las costas públicas del gran lago.
El libre acceso a las costas es un derecho explicitado en distintas normativas y los Estados deben garantizarlo, aunque en la práctica, el ejercicio del derecho está lejos de respetarse como lo dicta la letra fría. En Bariloche, la ciudad denominada “la capital de los lagos” las bajadas a las costas están hace décadas obstaculizadas. Vecinos, vecinas y turistas tienen escaso acceso a los espejos de agua y el Estado no ejerce la fiscalización correspondiente para garantizar el derecho estipulado en la Constitución Nacional, Provincial y en la Carta Orgánica de la ciudad.
Alambrados, cercos, paredes, muelles privados y construcciones irregulares se repiten a lo largo de toda la línea costera del Lago Nahuel Huapi y de otros cursos o cuerpos de agua. La lucha y los reclamos de cientos de vecinos para que el Estado garantice el libre acceso a las playas es histórico y continúa vigente.
San Carlos de Bariloche está ubicada en el parque nacional Nahuel Huapi (que abarca una superficie de 557 km²), en el suroeste de la provincia de Río Negro, junto a la cordillera de los Andes y en la ribera sur del lago Nahuel Huapi. La ciudad está rodeada además del lago Gutiérrez, Mascardi, Guillelmo, Stephen, Moreno y Morenito, arroyo Gutiérrez, Arroyo Goye, Melgarejo, río Ñireco y río Ñirihuau, entre otros espejos de agua de montaña.
Según el censo realizado en 2022, la población de Bariloche es de 164.065 habitantes; siendo la ciudad de la provincia con mayor cantidad de habitantes. Además, cuenta 67.598 viviendas particulares y 465 colectivas.
En este sentido, el derecho al ambiente ha sido reconocido como un derecho humano, esto implica que los Estados (ya sea en sus esferas nacionales, provinciales y municipales) tienen obligaciones que respetar (abstenerse de interferir en el disfrute del derecho), proteger (impedir que otras personas interfieran en el disfrute del derecho) y realizar (adoptar medidas apropiadas con miras a lograr la plena efectividad del derecho).
El Estado, en este caso en su dimensión municipal, se constituye en garante de este derecho definiendo una restricción administrativa a fin de asegurar el pleno goce de un derecho de dimensión colectiva, tal como lo establecen distintas normativas.
El Reclamo de Vecinos
Si bien la problemática es extensiva a la mayoría de las bajadas y playas de la ciudad, hay un caso emblemático que vecinos de los barrios Pinar de Festa y La Cascada han enarbolado en su reclamo. Se trata de la denominada Bajada 46, ubicada a la altura del kilómetro 6.500 de la Avenida Bustillo (arteria que bordea el lago Nahuel Huapi por más de 25 kilómetros).
El grupo de vecinos organizados vienen denunciando que un privado instaló un portón que se mantiene cerrado con candado en la bajada hacía la costa de la playa del km 6. Este espacio es un pasaje peatonal, entre dos lotes, según consta en la plancheta municipal, acceso que debe estar abierto y accesible para toda la comunidad. Se trata de un excedente municipal, de 2.27 m de ancho y 135.47 m de largo, que comunica la calle Cerro Utne con el lago y es el acceso público según Catastro municipal.
El grupo de vecinos y vecinas han presentado notas al Concejo Deliberante, realizado jornadas de entrega de folletería y hasta una actividad de natación para hacer pública la problemática.
En el marco del reclamo, el Municipio, a través de la que en ese momento fuera la secretaria de Obras Particulares y Desarrollo Urbano, Viviana Gelain (fue removida de su cargo), se habían comprometido a mantener el portón abierto y sin candado hasta que la comuna construya una escalera de hierro alternativa en la bajada. Dicho acuerdo, obviamente tras la destitución de la funcionaria quedó sin efecto y hasta la fecha, la bajada se encuentra cerrada.
Ahora este no es el único obstáculo que enfrentan los habitantes de Bariloche, sino que además, durante la temporada estival, en el km 5,900 de la avenida Bustillo, precisamente en Del Cormorán 6071, funciona un Pub llamado Club de Playa, que ofrece islas inflables y tablas de SUP para probar sin cargo, chiringuito al lado de la playa con tragos, jugos y licuados, restaurante con terraza sobre el lago, abierto de 12 a 22 horas todos los días, y un espacio patrocinado por una conocida cerveza internacional “para relajarte frente al Nahuel Huapi, con reposeras y sombrillas, todos los días de 16 a 17 horas” reza la propaganda del local.
Lo que comenzó como un reclamo por ruidos molestos pasó a ser una denuncia por la comercialización del espacio público sin autorización del Municipio. Además de este, la construcción tenía un acta de inspección por irregularidades. Finalmente, el Club de Playa dejó de funcionar por un lapso de 180 días (el verano 2023), aunque nada garantiza que vuelva a abrir sus puertas durante el próximo verano.
Estos reclamos quedan en la nada, “cajoneados” por los procesos burocráticos del municipio o simplemente, por la ausencia de una política de Estado vinculada y comprometida a mantener las costas limpias de obstáculos para los más de 160 mil habitantes de Bariloche.
Árbol de Pie y la lucha contra el “regalo” de playas públicas
Ana Weiman, fundadora de Árbol de Pie, asociación para la protección del medio ambiente, ha sido una de las impulsoras del reclamo por el libre acceso a las costas de la ciudad. Durante años ha denunciado las irregularidades en pos del derecho de todos los vecinos y vecinas de usar las playas. En 2020 inició el reclamo por la bajada 46 y ha presentado petitorios al Concejo Deliberante. Se trataron proyectos y se realizaron promesas, pero hasta la fecha, la bajada sigue cerrada.
“Con respecto al km 6, el famoso acceso 46 no tiene nada que ver con tierra de un privado que haya comprado el terreno, directamente la municipalidad se lo quiere ‘obsequiar’ porque el acceso no pasa por su terreno. El 46 es un excedente municipal, no una servidumbre de agua. Que quede claro, no es servidumbre” manifestó.
“La bajada la tiene ocupada un particular que puso la bomba de agua y cañerías ocupando un excedente municipal de 2.27 m de ancho, que es el acceso público. Desde la municipalidad se hacen los distraídos y quieren hacer un canje con el particular del fondo de la calle” agregó.
Ana se refiere a un proyecto de ordenanza (presentado por el intendente Gustavo Gennuso, el 22 de agosto de 2022) que no ha sido aprobado pero que busca desafectar del dominio público la franja de acceso al lago (909,41 metros cuadrados) para afectarla al privado. Este vecino particular pagaría la tierra a precio de mercado con la realización de una “obra pública de mejoramiento de los accesos públicos al lago” precisa el proyecto.
La ordenanza que busca aprobar el convenio entre el ejecutivo y el privado de nombre Diego Mistorni, habilitaría la transferencia de una porción de tierra (que tenía destino de calle pública) a un particular.
El propietario “pagaría” la tierra mediante la ejecución de una obra de “acceso peatonal a la playa en Servidumbre de agua del km 6,500 de la Av. Bustillo […] y un acceso peatonal a la playa en Servidumbre toma de agua de la Junta Vecinal del barrio La Cascada” reza el escrito ingresado al Concejo Deliberante.
“No se puede permitir eso, cierran el acceso al fondo de la calle y esta persona tendría que acomodar dos bajadas existentes, pero la bajada está, lo único que hay que hacer es abrir el portón y que el señor que tiene la bomba ahí, consiga un terreno o que adquiera el terreno a partir de una servidumbre de agua, pero eso es un acceso público. Es propiedad municipal de dominio público por lo cual tenemos todo el derecho a transitar por ahí”.
Finalmente, el proyecto no fue aprobado en la Comisión de Gobierno y Legales y venció la cláusula de tiempo que establecía que el propietario debía ejecutar las obras antes del 30 de octubre de 2022. Sin embargo, los ediles volverán a tratarlo antes de fin de año.
En ese sentido, la activista remarcó que el proyecto propone cerrar una calle “y te imaginas cómo aumenta la propiedad de ese terreno a cambio de la cotización de una escalera que iba hacer el privado y la mejora de dos accesos que ya existen. Es un tema que, si no lo peleamos los vecinos de manera persistente, perdemos otro acceso a la costa” remarcó Weiman.
Además, agregó que en el km 14de la Av. Bustillo hay otra bajada pública “que en realidad no es pública porque nadie sabe que existe, está tapada por la vegetación. Hemos avisado al Departamento Provincial de Agua que inspeccione porque había hasta un cerco de alambre dentro del lago”.
En la misma línea Weiman explicó que los planos del departamento de catastro del municipio, reflejan que la franja de terreno cercada por el privado “es un excedente municipal de 2.27 metros, no es una servidumbre. Hay lugares que la gente piensa que se puede bajar, pero estas son servidumbres de agua, pero en el caso de la bajada 46 no es una servidumbre, el mapa dice excedente municipal. Si alguien le da un uso para bombeo de agua para un barrio no significa que se impida o se obstaculice una bajada pública”.
“No hay que hacer ningún canje, son 38 mil dólares por 1000 metros cuadrados en ese lugar que no es un lote, es una calle pública, estamos hablando de un acceso público y en todo caso construir una escalera metálica no es un medio accesible para todos. Es insólito pensar que un camino que va hacia la costa, le tengan que poner una escalera porque el uso de la tierra municipal que se le da no es el apropiado” expresó Weiman.
“Como organización desde que hicimos el relevamiento de accesos en el 2006 hemos pedido que los carteles estén sobre av. Bustillo, indicando donde están. El relevamiento que obtuvimos con un amparo arrojó que son 69 accesos sólo en el lago Nahuel Huapi. Tuvimos que recurrir a la justicia para que nos den la información” recalcó.
La postura de las y los concejales frente al proyecto
Respecto al proyecto que busca regalar la franja de tierra, todo el cuerpo de concejales fue consultado, sin embargo, sólo respondieron Roxana Ferreyra, presidenta del bloque Nos Une Rio Negro, Norma Taboada de Juntos Somos Rio Negro y Julieta Wallace del Frente de Todos.
Mientras que los concejales oficialistas (Juntos Somos Rio Negro), no han respondido los llamados. En el cuerpo del recinto, Carlos Sanchez, Gerardo Ávila, Claudia Torres y Natalia Almonacid son mayoría, por lo tanto, durante los 4 años de gestión Gennuso han ido defendiendo y aprobando sistemáticamente la mayoría de los proyectos emitidos desde el ejecutivo.
Gerardo del Rio, de Unión y Libertad (partido que ganó las elecciones a la intendencia el pasado 3 de septiembre), Ariel Cárdenas de Cambiemos y Pablo Chamatrópulos de Podemos Bariloche, tampoco respondieron las consultas.
En este marco, la edil Ferreyra (NURN) manifestó que considera que “la municipalidad está delegando a un privado. No estoy de acuerdo con que desde el Estado se delegue una responsabilidad y problemática que tiene que resolver la propia municipalidad. Menos cuando se habla de tierra pública, el privado incrementaría considerablemente el precio de su propiedad”.
“La problemática se da a lo largo de toda la costa, en el 14 en Península San Pedro, se tiene que garantizar el derecho a los vecinos y vecinas de poder acceder a las costas de Bariloche” agregó.
“El Estado debe garantizar los derechos de los ciudadanos. Se advirtió la situación, la municipalidad debe ordenar que se mantenga abierto el portón hasta que se realicen las obras”.
La concejal del oficialismo expresó que “no se justifica la entrega de una tierra para una problemática que tiene que resolver el Estado. El privado tiene toda la voluntad de resolver el conflicto porque lo que quiere es que no invadan su terreno privado, por lo tanto se ofrece a la construcción de la escalera, pero una obra de accesibilidad no es sólo construir sino mantenerla, que permanezca abierta con cartelería” explicó. Además precisó que el proyecto quedó “trabado” en la comisión de Gobierno y Legales desde fines de octubre y que no hay fecha aún para un nuevo análisis.
Para Julieta Wallace, edil que ha acompañado el reclamo de los vecinos, la falta de fiscalización habla de “una decisión de no ocuparse del problema, se trata de decisiones políticas pero para este gobierno, lo ambiental no está en la agenda”.
Línea de Ribera y los grises en la normativa
La sociedad barilochense cuenta con una serie de ordenanzas que especifican la prohibición de construir u obstaculizar las zonas costeras. El Estado Municipal tiene como eje fundamental, determinar la línea de ribera del Lago Nahuel Huapi (y demás cuerpos de agua circundantes al ejido de la ciudad) para establecer parámetros que precisen el uso del suelo y aplicar las restricciones o sanciones necesarias para respetar así un derecho inalienable de todos los vecinos y turistas: el libre acceso a las costas.
El agrimensor Cristian P. Müller, ha realizado estudios respecto a los conceptos que son menester definir para establecer normativas y así garantizar el acceso a las playas. En este sentido, remarca grises en determinadas ordenanzas que buscan reglamentar el uso recreativo de las costas.
En su estudio “Acceso a las Costas en la Zona Andina Argentina” (2023), Müller define el concepto de Línea de Ribera, Camino de Sirga, Cauce y Margen. Todos estos se relacionan entre sí, determinando los espacios públicos y privados.
El autor mencionaba que donde existieran marcas provenientes de procesos erosivos en las riberas de los espejos de agua, corresponden a lugares que el agua ocupaba habitualmente. En el lago Nahuel Huapi estas marcas son visibles y están grabadas naturalmente en las rocas que lo circundan.
La línea de ribera es la línea municipal, que delimita el dominio público, del privado. Según el especialista, si se procesa en base a criterios hidrológicos, hidráulicos, geomorfológicos y estadísticos los datos de las crecidas máximas habituales, (sin considerar máximos extraordinarios), se obtiene un valor medio, es decir la crecida media ordinaria.
La intersección de la superficie de las aguas cuando se encuentran en el nivel de crecida media ordinaria con la superficie de la tierra determina la línea de ribera. Pasando en limpio, sería hasta donde llega el agua (en promedio) en la superficie de la playa o costa.
Según la Ordenanza N° 1541-CM-05, la línea de ribera es el parámetro que en Rio Negro debe ser medido por el Departamento Provincial de Agua.
“La línea de Ribera tiene un periodo de recurrencia que es un promedio de dos años en el caso del lago Nahuel huapi y al mismo tiempo se conecta con otra línea, que es la que se llama Zona Lacustre de Ocupación por Crecidas Ordinarias cuyo periodo es de diez años, periodo que permita abarcar en el estudio los eventos extraordinarios” explicó.
En este sentido, “la línea de ribera da el límite de propiedad de acuerdo a la legislación, mientras que la línea por ocupación por crecidas ordinarias (ZOC) determina un área en la que hay una restricción al dominio, al privado. Implica abstenciones que el propietario debe tolerar, donde está prohibido hacer una parcela, por ejemplo, es una restricción al privado similar al código de edificación, que es una restricción. Vos no podes hacer tu casa en el lugar que quieras de tu terreno, con las características que vos quieras, hay una serie de parámetros a respetar, bueno esta línea (ZOC) funciona de una forma similar”
En los lagos, la superficie de las aguas, se encuentra de forma horizontal, por lo tanto, la línea de ribera está dada por una cota referida al nivel del mar. Es que, en función de este parámetro, la ordenanza 1541 en su artículo 1 establece adoptar la Cota IGM 770,40 msnm., como el “nivel de crecida media ordinaria” que define la línea de ribera correspondiente al área costera del Lago Nahuel Huapi.
Ahora, ¿cómo se relaciona el concepto de Línea de Ribera con el derecho de acceso a las costas? La modificación en el Código Civil y Comercial del 2015, establece que los dueños de un inmueble colindante con cualquiera de las orillas de los cauces o sus riberas, aptos para el transporte por agua, debe dejar libre una franja de terreno de quince metros de ancho en toda la extensión del curso. Antes, esa franja era de 35 metros. Es aquí donde ocurre una gran confusión de conceptos que lleva a la elaboración de ordenanzas ambiguas. Desde esta modificación, se llevó confundir conceptos clave como Línea de Ribera y Camino de Sirga.
El denominado Camino de Sirga es la servidumbre de paso a lo largo de la costa y que proviene de considerar la actividad de sirgar. ¿A que refiere esta actividad? Es arrastra desde tierra, una embarcación atada con cabos (sogas) por medio de personas, animales, o máquinas como en el canal de Panamá. En la actualidad, en nuestro país, no se sirgan más las embarcaciones ya que las mismas son autopropulsadas.
Es por eso que la Ordenanza 2694 (aprobada en 2015) y en función en la modificación del C.C y C. respecto al camino de sirga, ratifica el libre uso de una franja de 35 metros desde la línea de ribera en toda la extensión del curso, estableciendo una restricción al dueño del inmueble colindante con orillas de cauces o riberas de lagos, donde debe permitir el acceso, la circulación, tránsito y permanencia “en forma y términos razonables y compatibles con el derecho de propiedad […], en la que no puede hacer ningún acto que menoscabe los usos públicos vinculados a la seguridad y acceso al ambiente lacustre y acuático”.
Esta ordenanza no tiene en cuenta que el Código Civil habla de un camino de sirga ya en desuso y que se refiere estrictamente a actividades náuticas, no a actividades recreativas o deportivas.
“Está restricción al propietario respecto al camino de sirga está obsoleta, porque ya no existe ese camino y además le está imponiendo al propietario una servidumbre que se debe pagar o el Estado debe expropiar. Desde lo ideológico no está mal pero técnicamente está mal” nos explica Müller. “En la actualidad, si bien el dicho camino ha caído casi en desuso, existen diversas posiciones respecto a mantener el mismo con una visión turística, ambientalista, recreativa” agregó.
También cabe destacar que el Código Civil y Comercial de la Nación, ha profundizado y explicitado en su texto la autonomía municipal y en consonancia con lo establecido en la Carta Magna, otorga a las jurisdicciones locales la potestad de definir limitaciones al dominio privado en función del interés público. Así también lo remarca la ordenanza en cuestión, que a pesar de no tener en cuenta el desuso del concepto camino de sirga, destaca la autonomía del municipio para determinar la normativa necesaria para defender los derechos de los ciudadanos.
La ausencia de procesos de fiscalización por parte del Estado
La municipalidad de Bariloche cuenta con la Ordenanza 2587, sancionada en 2014, que busca establecer el estado situacional de todas las construcciones lindantes a las costas de lagos, lagunas, arroyos y ríos del ejido de la ciudad. El espíritu de la normativa es lograr la preservación, conservación y protección de los accesos públicos a los espejos de agua en todo el territorio de Bariloche, garantizando el libre acceso a las costas.
En esta línea, le otorga a la Escribanía General de Gobierno la potestad para realizar el relevamiento. Luego deberá informar al titular dominial según el resultado de los informes, su adecuación en un plazo no mayor a 90 días corridos de recibida la misma.
Ante el incumplimiento, el municipio puede aplicar a los titulares sanciones que se graduarán del 20% al 50% de la valuación municipal, escala resultante de los metros cuadrados ocupados.
Por el incumplimiento de la ordenanza, en el mes de noviembre de 2020, el bloque de concejales del Frente de Todos presentó un pedido de informes sobre la aplicación de la ordenanza. Al día de la fecha, el gobierno de Gustavo Gennuso (JSRN) no presentó ningún informe.
Desde el área de Fiscalización del municipio alegan que la jurisdicción del Nahuel Huapi pertenece a Parques Nacionales, mientras que el lago Moreno es de jurisdicción municipal. Sin embargo, desde la Intendencia del Parque Nacional Nahuel Huapi argumentan que sólo pueden aplicar un reglamento para la construcción de puertos, los límites entre la propiedad privada y la playa pública le corresponde fiscalizar al municipio. La comuna es la que puede actuar en una franja territorial que es anterior a tocar el agua.
La concejal y presidenta del bloque del Frente de Todos, Julieta Wallace expresó que “hay que preguntarse por qué no hubo una política pública destinada a garantizar el acceso libre de las costas y por el contrario estuvo garantizando a los negociados”.
En referencia a la franja libre para el uso colectivo de las costas, detalló que “la línea de ribera es un cálculo que se hace con la mayor crecida del lago que delimita el espacio público, del privado y la playa misma. No es lo mismo que la servidumbre, es el acceso a las playas. El Código Civil establece 15 metros, aunque entiendo que es una cuestión de fondo y más macro en este caso ”, explicó en referencia a la normativa en el C.CyC.
“Hace años no hay una política pública destinada a garantizar el acceso a las costas. Existe el relevamiento, sin embargo, hay bajadas imposibilitadas, como la 42, donde el Estado municipal había dado la garantía de una escalera, hay un proyecto de ordenanza que ingresó donde la idea es generar un convenio con un privado. Lo que está faltando es una clara decisión o definición política respecto a esta problemática” agregó.
“Cuando uno camina por la zona de las costas, advierte que hay propiedades que tienen invasión de alambres y muelles. De ninguna manera pueden invadir el estado público y si lo hace sin autorización, se multa o directamente se autoriza demoler la estructura que impide el acceso. El que tiene que avanzar es el Estado” señaló Wallace.
“Pedimos que se respeten los bienes comunes, como el acceso al lago, no estamos contra los privados. Pero vemos que lo ambiental, no está en la agenda. Es una decisión política, en 2023 con la tecnología que hay, se puede ver qué accesos están impedidos, hoy en día hay una riqueza tecnológica que permite identificarlos. Si hay definiciones políticas se puede, pero si contas con cinco inspectores para toda la ciudad, es imposible”.
El acceso público a las costas es un derecho fundamental consagrado por la normativa, sin embargo, en Bariloche, este derecho se ve empañado por una realidad preocupante. A lo largo del sur del Nahuel Huapi, numerosas bajadas se encuentran bloqueadas, obstaculizando el acceso de vecinos y turistas a estas áreas naturales. El avance del negocio inmobiliario ha eclipsado los derechos colectivos, con la complicidad de un municipio que, por falta de fiscalización, relevamiento y ausencia de decisiones políticas, ha permitido la existencia de playas “privadas” en una ciudad considerada la capital de los lagos.
El reclamo de los vecinos del barrio La Cascada, en la bajada 46 del kilómetro 6 representa, la punta de lanza de una problemática que resuena y se replica a lo largo de kilómetros de la costa de uno de los lagos más grandes del país.
La urgencia de preservar y garantizar el acceso a estos espacios naturales es innegable, aunque postergado año tras año. El reclamo histórico de la comunidad no solo apunta a una playa en particular, sino que es un llamado a la defensa de un derecho colectivo, a la protección de un patrimonio natural que pertenece a todos.